jueves, 7 de mayo de 2015

Tema 11. Desempleo. Artículo Doctrinal.

LA PRESTACIÓN DE DESEMPLEO EN LA RECIENTE
DOCTRINA JURISPRUDENCIAL.
Luis Fernando De Castro Mejuto
Magistrado especialista de la Sala de lo Social
del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Doctor en Derecho


APROXIMACIÓN A LA JURISPRUDENCIA MÁS RECIENTE
SOBRE EL SUBSIDIO DE DESEMPLEO

La protección por desempleo tiene en España un carácter compulsivo, exigido por el artículo 41 de la CE (cuya legislación ordinaria se encuentra en los art. 203 y 234 de la LGSS). Originalmente, el subsidio de desempleo se relacionaba con la seguridad y con el modelo contributivo. Es decir, se pretendía que el subsidio se percibiera en la época que no se encontraba sin trabajo y su duración dependería del tiempo cotizado anteriormente. Pero, la crisis ha afectado considerablemente esta situación, dando lugar a una base asistencial, donde  se proporcionarán prestaciones a personas sin empleo necesitadas y sin una relación con el anterior desempeño de un trabajo.

Dentro de esta jurisprudencia sobre el subsidio de desempleo, podríamos distinguir tres grupos: jurisprudencia reiteradísima, jurisprudencia reiterada y jurisprudencia en formación.



RELACIÓN DE CRITERIOS CONSOLIDADOS EN EL TRIBUNAL
SUPREMO.
1.     
Doctrina reiteradísima

Existen dos criterios judiciales que podríamos integrar en este apartado: por un lado, “reintegro de las prestaciones de desempleo instado por el Servicio Público de Empleo Estatal contra una empresa, por contratación temporal abusiva y fraudulenta” y por otro lado, el criterio judicial fijado por dos sentencias distadas en los últimos años.

2.      Doctrina reiterada

Se sitúan resoluciones que insisten en la misma línea doctrinal, pero todavía no tan constantes. En cuanto a las que reiteran doctrina menos consolidada, se pueden destacar once Sentencias del Tribunal Supremo.

3.      Jurisprudencia de formación


Donde incluiré aquéllas que han marcado criterio, innovando o modificando una orientación hasta este momento vigente, y han supuesto un cambio de tendencia que previsiblemente se mantendrá.

Tema 11. Desempleo. Test.

Tema 11. Desempleo. Sentencia.


Tribunal Supremo
(Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 18 octubre 2012
 
El actor demandó al SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL(en adelante SEPEE), puesto que en fecha 22/03/10 10 se le comunica por el organismo demandado el inicio de procedimiento sancionador por no comunicar la pérdida de los requisitos para su percepción habiendo generado cobro indebido en cuantía de 15368,64 euros debido a la salida al extranjero incumpliendo los requisitos del art.único 3 RD 200/2006.
 
El actor llevaba  percibiendo esta prestación de desempleo desde el día 16/06/2008, por motivos familiares tuvo        que ausentarse de España desde el 4 de agosto hasta el 25 de este mismo mes. La sentencia dictada en instancia es estimada a favor del actor, ya que el desplazamiento al extranjero por un tiempo inferior a 90 días no supone un traslado de residencia y, no conlleva la extinción de la prestación sino la suspensión de la misma.
 
Ante tal resolución, el SEPEE recurre en suplicación por la representación letrada del SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la cual estimaba el recurso de suplicación interpuesto por el SEPEE, y en consecuencia, revocaba la resolución dictada en la instancia.
 
La parte demandante formalizó el recurso para la unificación de doctrina, que posteriormente se admitió a trámite. Finalmente el recurso de casación para la unificación de doctrina fue estimado, desestimando así el recurso interpuesto por el SEPEE y confirmando la sentencia de instancia.